Gobierno Ciudad de San Justo


ESTACIONAMIENTO MEDIDO EN LA CIUDAD DE SAN JUSTO

SUMAMOS ACCIONES PARA UN MEJOR ORDENAMIENTO DEL TRÁNSITO VEHICULAR ¡EL SERVICIO NO TIENE FINES RECAUDATORIOS! ¡DESDE LA APP, VOS ELEGÍS A QUÉ PROYECTO AMBIENTAL DESTINAS TU SALDO! DESDE EL 1 DE MARZO DE 2024 HASTA EL 1 DE JUNIO TENDRÁ LUGAR EL PERÍODO DE ADAPTACIÓN TOTALMENTE GRATUITO. LUEGO, INICIARÁ EL CICLO NORMAL A UN BAJÍSIMO COSTO.

A continuación, los puntos más importantes de la Ordenanza que habilita el Servicio. A tener en cuenta: ZONA QUE ABARCA: Será el espacio comprendido por las arterias que a continuación se detallan:
a) Av. 9 de Julio desde 25 de Mayo hasta General Urquiza.
b) Av. Iriondo desde Nicolás Figueredo hasta San Martín.
c) Belgrano desde Batalla de Tucumán hasta Independencia.
d) Gobernador Cabal desde Batalla de Tucumán hasta Independencia-
e) Independencia desde Belgrano hasta Gobernador Cabal
f) Batalla de Tucumán desde Gobernador Cabal hasta Belgrano.

COSTOS DEL SERVICIO: el estacionamiento será controlado y arancelado de acuerdo a la siguiente escala:

a) Estacionamiento hasta ½ (media) hora $20.-
b) Después de la primera media hora $30 por hora o fracción.-

HORARIOS PARA ESTACIONAMIENTO MEDIDO: El servicio y el control del mismo funcionaran los días hábiles, de lunes a viernes, en el horario de 7:00hs a 13:00hs. EXEPCIONES: quedan eximidos del arancelamiento los siguientes vehículos y en los siguientes casos:

a) Los vehículos que realicen carga y descarga de mercaderías mientras estén desarrollando efectivamente su tarea, en los horarios predeterminados y en las dársenas respectivas.
b) Ambulancias y bomberos en servicio.
c) Vehículos de la Policía de Seguridad y Gendarmería Nacional.
d) Los vehículos oficiales debidamente identificados.

VIVIENDA FAMILIAR CON GARAJE EN ZONA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO:
Los propietarios, poseedores o locatarios de inmuebles destinados a vivienda familiar afectados dentro del radio de implementación del sistema, que posean garaje, deberán acreditar los requisitos indicados a continuación y se les otorgará un solo permiso (oblea de Libre Estacionamiento), por el término de un (1) año que podrá ser utilizado solo en la entrada para vehículos perteneciente al Inmueble:
a) título de propiedad o contrato de locación;
b) fotocopia del documento de identidad con domicilio actualizado;
c) fotocopia de título del vehículo;
d) libre deuda municipal y patente al día, tanto del inmueble como del vehículo para el cual solicita la excepción.

VIVIENDA FAMILIAR SIN GARAJE EN ZONA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO:
Los propietarios, poseedores o locatarios de inmuebles destinados a vivienda familiar afectados dentro del radio de implementación del sistema, que no posean garaje, deberán acreditar los requisitos indicados precedentemente, más la constatación de que el inmueble no cuenta con garaje y se les otorgará un solo permiso (oblea de Libre Estacionamiento), por el término de un (1) año, para ser utilizado solo en la cuadra perteneciente al inmueble, o en el área que a tal fin disponga el Departamento Ejecutivo Municipal, renovable en las mismas condiciones con individualización del autorizado y del vehículo.- IMPORTANTE: Para las personas con capacidades diferentes que conduzcan vehículos se otorgara una credencial especial, personal e intransferible, que permitirá el libre estacionamiento en cualquier dársena por un plazo no mayor de 1 hora. Será condición necesaria que dicha persona sea titular del dominio del vehículo en cuestión. Idéntica medida se adoptará para los progenitores, tutores o responsables de personas que posean certificado de discapacidad otorgado por autoridad competente. PARA MÁS CONSULTAS E INFORMES: Acercarse al P.A.C, Punto de Atención Ciudadana. (OFICINA UBICADA EN LA INTERSECCIÓN DE LAS AVENIDAS IRIONDO Y 9 DE JULIO).